Fecha de la ultima actualización: 31 de diciembre de 2018
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Artículo 74. Obligaciones comunes en materia de transparencia.
III. Las facultades de cada Área;
IV. Las metas y objetivos de las Áreas;
V. Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social;
VI. Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados;
VII. El directorio de todos los servidores públicos;
VIII. La remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos;
IX. Los gastos de representación y viáticos;
X. El número total de las plazas y del personal de base y confianza;
XI. Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios;
XII. Versión Pública de las declaraciones patrimoniales, de los Servidores Públicos;
XIII. El domicilio de la Unidad de Transparencia;
XIV. Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos;
XV. Los programas de subsidios, estímulos y apoyos;
XVI. Las condiciones generales de trabajo;
XVII. La información curricular;
XVIII. El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas;
XIX. Los servicios que ofrecen;
XX. Los trámites;
XXI. La información financiera;
XXII. La información relativa a la deuda pública;
XXIII. Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial;
XXIV. Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal;
XXV. El resultado de la dictaminación de los estados financieros;
XXVI. Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales;
XXVII. Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados;
XXVIII. Los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación,
XXIX. Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados;
XXX. Las estadísticas que generen;
XXXI. Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero;
XXXII. Padrón de proveedores y contratistas;
XXXIII. Los convenios de coordinación de concertación;
XXXIV. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad;
XXXV. Las recomendaciones emitidas;
XXXVI. Las resoluciones y laudos;
XXXVII. Los mecanismos de participación ciudadana;
XXXVIII. Los programas que ofrecen;
XXXIX. Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia;
XL. Las evaluaciones y encuestas;
XLI. Los estudios financiados;
XLII. El listado de jubilados y pensionados;
El listado de jubilados y pensionados es generado y publicado por el instituto de seguridad social encargado de administrar las cuentas para el retiro de los jubilados y pensionados del sujeto obligado.
XLIII. Los ingresos recibidos;
XLIV. Donaciones hechas a terceros;
XLV. El catálogo de disposición y guía de archivo documental;
XLVI. Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos;
XLVIII. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante;
Artículo 76. Obligaciones específicas en materia de transparencia.
I. El plan Municipal de desarrollo;
II. Los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico;
IV. Las actas de sesiones de cabildo y los dictámenes de las comisiones Municipales;
V. Los controles de asistencia de los integrantes de los HH. Ayuntamientos;
VI. Los empréstitos, deudas contraídas ;
VII. Las cantidades recibidas por concepto de impuestos, multas e ingresos por derechos y aprovechamientos Municipales;
VIII. Las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras;
IX. Reporte trimestral sobre la ejecución de la aportaciones Federales y Estatales;
X. Las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones, otorgadas;
XI. El atlas Municipal de riesgo; y
XII. Las disposiciones administrativas.